La Audiencia Nacional española ha rechazado una solicitud de asilo de un migrante marroquí, afirmando que los motivos presentados eran insuficientes para conceder asilo y no cumplían los criterios establecidos en las leyes de protección internacional.
Los medios españoles informaron que el tribunal también desestimó la apelación del migrante contra el rechazo el viernes anterior, exigiéndole que pagara las costas legales.
En su fallo, el tribunal enfatizó que “las circunstancias económicas que enfrenta el migrante y su familia no constituyen motivo para buscar protección internacional, especialmente porque no se encuentra amenazado en su país de origen por motivos de raza, religión, afiliación social u opiniones políticas”. , haciendo injustificable su solicitud de asilo”. El tribunal también señaló que los motivos humanitarios para el asilo deben estar vinculados a peligros reales derivados de conflictos o disturbios graves.
El migrante marroquí, cabeza de una familia de seis personas, dependía del “contrabando de medios de vida” desde la ciudad ocupada de Ceuta como principal fuente de ingresos antes de verse afectado económicamente por el cese de esta actividad.
En mayo de 2021 aprovechó los acontecimientos migratorios en la zona, logrando llegar a nado a Ceuta, y en octubre del mismo año solicitó asilo en el paso fronterizo de “Tarajal”, alegando que no podía regresar a Marruecos por “Condiciones económicas difíciles, así como falta de libertad y oportunidades educativas”.